La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía informa que desde el 1 de septiembre es ilegal el uso de sustancias químicas dañinas en la fabricación de esmaltes y geles semipermanentes. Esta acción se deriva de la modificación del Reglamento (CE) 1223/2009 sobre productos cosméticos, causando la prohibición de dos componentes específicos.
Las sustancias en cuestión son la dimetiltolilamina (DMPT) y el óxido de trimetilbenceno diphenylphosphine (TPO), ambos clasificados como potencialmente cancerígenos y tóxicos para la reproducción. A partir de esta normativa, ningún producto que contenga estas sustancias puede entrar en el mercado ni ser utilizado en centros de belleza.
Es fundamental que tanto consumidores como profesionales se familiaricen con el etiquetado de estos productos. En caso de que un establecimiento aún disponga de estos artículos, deben acudir a sus proveedores para gestionar su devolución adecuadamente. Además, se aconseja al cliente que confirme la composición de los productos antes de su uso, asegurándose de que cumplen con las normativas vigentes.
No se deben utilizar esmaltes o geles que contengan DMPT o TPO en el hogar.
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